La UE introduce una prohibición de destrucción de textiles no vendidos para impulsar la economía circular. La medida se enmarca en el Reglamento (UE) 2024/1781 (ESPR), que fija el marco de requisitos de ecodiseño y circularidad para productos. El Reglamento fue aprobado el 13/06/2024 y establece nuevas obligaciones en toda la cadena de valor.
Su entrada en vigor fue el 18/07/2024 (inicio del marco normativo). La prohibición específica para textiles (y sus posibles derogaciones) aplica a grandes empresas desde el 19/07/2026.
La obligación se extenderá a empresas medianas en 2030, aumentando el alcance regulatorio en el sector. En la primera fase, la prohibición cubre prendas de vestir, accesorios de vestir y calzado no vendidos. Las empresas deberán implantar un procedimiento operativo para evitar la destrucción: reutilización, reparación, redistribución y valorización, y justificar cualquier excepción.
Se refuerza la transparencia: reporting sobre excedentes/descartes (ya exigible a grandes y ampliable a medianas en 2030).
Impacto industrial: se exige trazabilidad de stock y devoluciones, control del destino como residuo y evidencias auditables del tratamiento de excedentes.