EL PROGRAMA

Requisitos

CALCULAR LAS EMISIONES DE GASES DE EFECTO INVERNADERO

La industria tiene que realizar el cálculo de la huella de carbono de las emisiones directas de gases de efecto invernadero (alcance 1) y de las emisiones indirectas de gases de efecto invernadero para electricidad y energía consumida, (alcance 2), tomando como referencia la norma UNE-EN ISO 14064-1 gases de efecto invernadero.

El cálculo se tiene que hacer sobre un año natural, del 1 de enero al 31 de diciembre.

Los factores de emisión para la conversión de los datos de la actividad en valores de emisión serán de fuentes reconocidas, tomando como referencia la publicación anual de los factores de emisión por parte de la Dirección General de Energía y Cambio climático de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. En caso de ausencia se tendrán en cuenta factores de emisión de fuentes reconocidas internacionalmente como el IPCC. En cuanto al potencial de calentamiento global, se tienen que tener en cuenta, hasta que no se actualicen, los valores publicados en el 5.º Informe del IPCC.
Si las empresas ya disponen del certificado ISO 14.064 Cuantificación e informe de las emisiones de efecto invernadero o encuentran más adecuado por sus objetivos empresariales disponer de esta certificación, podrán adherirse al programa aportando una copia del certificado y no será necesario hacer un nuevo cálculo.

El cálculo/certificado de adhesión ILS será válido 2 años. Al cabo de un año la empresa deberá presentar un Documento de seguimiento de los objetivos y acciones realizadas. Y en el año 2 volver a realizar el cálculo.

El cálculo se tiene que realizar a través de un consultor/a especialista medioambiental que tendrá que cumplir los siguientes requisitos:

Informes del cálculo de la huella de carbono: la documentación que se generará para el informe de la huella de carbono y que se presentará a la empresa constará de dos documentos:

1- Informe resumen de la huella de carbono

2- Informe de Inventario de GEH según la norma ISO 14.064-1.